Cómo saber si aplicar el 2% o el 1,1% en el Modelo 210 de no residentes

Publicado el 27 de octubre de 2025

Calcular porcentaje Modelo 210

Si eres propietario de una vivienda en España y no resides fiscalmente en el país, estás obligado a presentar el Modelo 210 cada año, incluso si no alquilas tu propiedad.

En este caso, no se trata de declarar ingresos reales, sino una renta imputada, es decir, una cantidad teórica que Hacienda considera como rendimiento por tener la vivienda a tu disposición.

Uno de los aspectos que más dudas genera entre los no residentes es qué porcentaje aplicar al valor catastral de la vivienda: ¿2% o 1,1%?

A continuación, te explicamos cómo calcularlo correctamente paso a paso.

1. ¿Qué porcentaje debo aplicar: 2% o 1,1%?

La Agencia Tributaria establece dos porcentajes distintos para calcular la renta imputada de los no residentes:

  • 2% del valor catastral, como regla general.
  • 1,1%, si la vivienda está en un municipio donde el valor catastral se ha revisado mediante una Ponencia de valores aprobada en los últimos 10 años.

En otras palabras:

  • Si el valor catastral de tu propiedad no ha sido actualizado en la última década, aplica el 2%.
  • Si el Catastro lo ha revisado recientemente (en los últimos 10 años), aplica el 1,1%.

2. Por qué existe esta diferencia

Antes de 2015, el porcentaje reducido del 1,1% se aplicaba a los municipios con revisiones catastrales realizadas desde 1994.

Sin embargo, la normativa cambió: desde el 1 de enero de 2015, solo los municipios cuya valoración catastral haya sido actualizada en los últimos 10 años pueden aplicar el 1,1%.

Por eso, muchos propietarios siguen aplicando el porcentaje reducido por error, cuando en realidad les corresponde el 2%.

3. ¿Cómo saber qué porcentaje aplica a tu propiedad?

Para saber si tu municipio tiene una revisión catastral reciente, puedes comprobarlo fácilmente en:

  • El recibo del IBI, donde figura el año de la última revisión catastral.
  • El Catastro, a través de su página web oficial (Dirección General del Catastro).
  • La Agencia Tributaria, que publica cada año un listado de municipios donde se aplica el 1,1%.
📘 Haz clic aquí para ver la lista de municipios (por región) que pueden aplicar el 1,1% para calcular la renta imputada en 2021.

El resto de municipios (los que no aparecen en la lista) deberán aplicar un 2% como porcentaje imputado.

4. Ejemplo práctico de cálculo

Supongamos que tienes una vivienda con un valor catastral de 120.000 €.

Si la revisión catastral es anterior a 2015, el cálculo sería:
120.000 € × 2% = 2.400 € de renta imputada.

Si la revisión se hizo después de 2015, aplicarías el tipo reducido:
120.000 € × 1,1% = 1.320 € de renta imputada.

Esa cantidad (2.400 € o 1.320 €) no es lo que pagas, sino la base sobre la que se calcula el impuesto correspondiente en el Modelo 210.

5. Qué periodo se declara

La renta imputada se calcula por el año anterior.

Por ejemplo, la renta imputada correspondiente al año 2024 se presenta a lo largo de todo 2025, con fecha límite el 31 de diciembre de 2025.

6. Evita errores y presenta tu Modelo 210 correctamente

Uno de los errores más comunes entre propietarios no residentes es usar el porcentaje equivocado o olvidar presentar el modelo a tiempo.

En Spain210 nos aseguramos de aplicar el porcentaje correcto según tu municipio, el valor catastral actualizado y la normativa vigente.

Nuestro sistema calcula automáticamente la renta imputada y genera tu declaración lista para presentar ante Hacienda.

💡 En menos de 3 minutos, podrás presentar tu Modelo 210 de forma correcta, segura y sin complicaciones.